EL INPECTOR ESTÁ EN LA PUERTA

¿Qué puede hacer Vd. si un inspector visita su empresa?


Visita:

Si usted recibe la visita de un inspector de Hacienda, aunque su empresa no tenga nada que ocultar, y su actitud sea colaborativa, le conviene conocer sus derechos.


Inviolable:

Recuerde que el domicilio es inviolable. Un inspector sólo puede acceder a las instalaciones de su empresa si usted se lo permite. Por tanto, aunque no es la mejor forma de iniciar una inspección, sepa que puede negarle la entrada. Si esto ocurriera, el inspector deberá solicitar una autorización escrita del Delegado de Hacienda de la zona.


Sanción:

Una vez que el inspector disponga de dicha autorización, lo aconsejable es permitirle la entrada.


Si usted sigue negándose, Hacienda considerará que su empresa está obstruyendo su labor, por lo que impondría sanciones cuya cuantía podría llegar a ser muy elevada.


Además, Hacienda puede solicitar una orden judicial, en cuyo caso su empresa ya no podría negarle el acceso.


No debe tocar nada:

Una vez dentro de sus oficinas, el inspector no podrá tocar nada hasta que usted o un representante autorizado estén presentes (salvo que la entrada se haya efectuado por orden judicial, en cuyo caso no es necesario que haya nadie presente).


Siempre es conveniente que esté presente su asesor, y sea éste quien lleve las conversaciones y actuaciones con el inspector. Cuando nuestra actitud es colaborativa podemos decir o mostrar cosas que luego se vuelvan contra nosotros.


Domicilio particular:

Si usted desarrolla su actividad en su propio domicilio particular y negara la entrada al inspector, éste deberá disponer de una orden judicial, ya que la autorización escrita del Delegado de Hacienda no es suficiente.